IVA · Impagados
Mandé tarde la factura rectificativa de un impagado: ¿pierdo el IVA que quería recuperar?
Publicada en el Semanario núm. 0 · lunes 12 de octubre de 2026
No necesariamente. Para el TEAC (resolución de 22/09/2026), expedir la factura rectificativa y remitirla al cliente es un requisito esencial para reducir la base imponible del IVA en los casos del artículo 80 de la Ley del IVA, como los impagados; pero el plazo para enviarla es un requisito formal. Enviarla fuera de plazo solo hace perder la rectificación si se acredita un perjuicio económico para Hacienda o una conducta fraudulenta o abusiva. Es un criterio relevante, pero todavía no es doctrina vinculante.
Información divulgativa; no sustituye el estudio de cada caso por un profesional. Cada referencia enlaza a su fuente oficial.