Hacienda · Recursos

Reclamé por silencio y luego me inadmitieron el recurso por tardío: ¿se verá el fondo?

Publicada en el Semanario núm. 1 · lunes 19 de octubre de 2026

Solo si la inadmisión era incorrecta. El TEAC (resolución de 24/09/2026, con valor de doctrina), aplicando una sentencia del Tribunal Supremo de 09/10/2024, fija el orden: el tribunal económico-administrativo que conoce de la reclamación contra la desestimación presunta, cuando después llega una resolución expresa que inadmite por extemporáneo, debe revisar primero si esa inadmisión, dictada tarde, era ajustada a Derecho, y solo si no lo era entra en el fondo. Conviene, por tanto, defender también que se recurrió en plazo.

Información divulgativa; no sustituye el estudio de cada caso por un profesional. Cada referencia enlaza a su fuente oficial.