Tribunales · Dividendos

Si la matriz europea tiene actividad real, ¿se libra siempre de la retención sobre los dividendos?

Publicada en el Semanario núm. 2 · lunes 26 de octubre de 2026

No siempre. El Tribunal de Justicia de la Unión, en sentencia de 15/10/2026, admite retener sobre los dividendos que una filial paga a su matriz de otro Estado miembro si esta participa en una cadena de operaciones total o parcialmente falseada en la que los dividendos acaban en quien controla el grupo, aunque la matriz tenga actividad económica real. Basta que conociera el arreglo una sociedad del grupo o quien obtiene la ventaja.

Información divulgativa; no sustituye el estudio de cada caso por un profesional. Cada referencia enlaza a su fuente oficial.